Ordenanza N° 147/2025
Cambio de destino de inmueble municipal para sala velatoria y autorización de inversiones.
Vigente
Patrimonio Municipal
Honorable Concejo Deliberante
Fecha de Sanción
15/05/2025
Organismo Emisor
Honorable Concejo Deliberante
Palabras Clave
inmueble municipal
sala velatoria
cocina comunitaria
cambio de destino
obra pública
inversión municipal
calle 9 de Julio S/N
Texto Completo
Honorable Concejo Deliberante
de la Municipalidad de Conscripto Bernardi
Av. Pancho Ramírez y Entre Ríos
Tel. 03454 491088
3188 - Conscripto Bernardi - Entre Ríos
ORDENANZA N° 147/25
Conscripto Bernardi, 15 de mayo de 2.025
VISTO:
La situación actual del inmueble propiedad de esta Municipalidad ubicado en calle 9 de Julio S/N y;
CONSIDERANDO:
Que, sobre el mismo se ejecutó parcialmente el Programa "Más Cerca, Más Municipio, Mejor País, Más Patria" sobre el que se avanzó hasta el año 2018 hasta un 33, 34% en la obra de cocina comunitaria.
Que en el año 2018 se remitió a la Provincia baja del convenio oportunamente suscripto por la gestión de ese entonces, fundando la misma en la falta de aportes.
Es así que la obra, ha quedado paralizada hasta la fecha, sin avanzar sobre el destino que primigeniamente se tuvo presente, que era de una cocina comunitaria-
Ahora bien, esta gestión considera que a dicho inmueble debe modificársele el destino, ya que hoy luce necesario restablecer la Sala Velatoria, que es un servicio que provee la municipalidad de Conscripto Bernardi a los fines de que los vecinos y vecinas cuenten con un sitio donde puedan despedir sus familiares y seres queridos-
La sala velatoria posee un fin estrictamente social en tanto es utilizada, generalmente por personas que carecen o poseen escasos recursos, como también por las empresas que prestan estos servicios, alquilando la misma.
Por ende, este Ejecutivo Municipal considera que debe dictarse la norma, mediante ordenanza, para cambiar el destino del inmueble, estableciéndose que allí funcionará la sala velatoria municipal, autorizando al ejecutivo municipal a efectuar las inversiones para la puesta en funcionamiento de dicho inmueble bajo el destino antes dicho.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA MUNICIPALIDAD DE CONSCRIPTO BERNARDI
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA:
ARTÍCULO 1°: DECLARAR que el inmueble sito en calle 9 de Julio S/N propiedad de la Municipalidad de Conscripto Bernardi será destinado al funcionamiento de la sala velatoria municipal.
ARTÍCULO 2°: AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal a efectuar las erogaciones correspondientes al mejoramiento de dicho inmueble, mediante los procedimientos de compras que por Ley resulten aplicables.
ARTÍCULO 3º: Publiquese, convoquese, comuníquese a los interesados y regístrese.
TENGASE como Ordenanza 147/25 de esta municipalidad de Conscripto Bernardi, promulgada mediante Decreto N° 78 del 16 de mayo de 2025
de la Municipalidad de Conscripto Bernardi
Av. Pancho Ramírez y Entre Ríos
Tel. 03454 491088
3188 - Conscripto Bernardi - Entre Ríos
ORDENANZA N° 147/25
Conscripto Bernardi, 15 de mayo de 2.025
VISTO:
La situación actual del inmueble propiedad de esta Municipalidad ubicado en calle 9 de Julio S/N y;
CONSIDERANDO:
Que, sobre el mismo se ejecutó parcialmente el Programa "Más Cerca, Más Municipio, Mejor País, Más Patria" sobre el que se avanzó hasta el año 2018 hasta un 33, 34% en la obra de cocina comunitaria.
Que en el año 2018 se remitió a la Provincia baja del convenio oportunamente suscripto por la gestión de ese entonces, fundando la misma en la falta de aportes.
Es así que la obra, ha quedado paralizada hasta la fecha, sin avanzar sobre el destino que primigeniamente se tuvo presente, que era de una cocina comunitaria-
Ahora bien, esta gestión considera que a dicho inmueble debe modificársele el destino, ya que hoy luce necesario restablecer la Sala Velatoria, que es un servicio que provee la municipalidad de Conscripto Bernardi a los fines de que los vecinos y vecinas cuenten con un sitio donde puedan despedir sus familiares y seres queridos-
La sala velatoria posee un fin estrictamente social en tanto es utilizada, generalmente por personas que carecen o poseen escasos recursos, como también por las empresas que prestan estos servicios, alquilando la misma.
Por ende, este Ejecutivo Municipal considera que debe dictarse la norma, mediante ordenanza, para cambiar el destino del inmueble, estableciéndose que allí funcionará la sala velatoria municipal, autorizando al ejecutivo municipal a efectuar las inversiones para la puesta en funcionamiento de dicho inmueble bajo el destino antes dicho.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA MUNICIPALIDAD DE CONSCRIPTO BERNARDI
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA:
ARTÍCULO 1°: DECLARAR que el inmueble sito en calle 9 de Julio S/N propiedad de la Municipalidad de Conscripto Bernardi será destinado al funcionamiento de la sala velatoria municipal.
ARTÍCULO 2°: AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal a efectuar las erogaciones correspondientes al mejoramiento de dicho inmueble, mediante los procedimientos de compras que por Ley resulten aplicables.
ARTÍCULO 3º: Publiquese, convoquese, comuníquese a los interesados y regístrese.
TENGASE como Ordenanza 147/25 de esta municipalidad de Conscripto Bernardi, promulgada mediante Decreto N° 78 del 16 de mayo de 2025
Observaciones
Promulgada mediante Decreto N° 78 del 16 de mayo de 2025.