Decreto N° 76/2023

Transferencia de fondos para la adquisición de banderas municipales a través de Mercado Pago.

Vigente Contrataciones Públicas Departamento Ejecutivo Municipal
Fecha de Sanción

27/06/2023

Organismo Emisor

Departamento Ejecutivo Municipal

Palabras Clave
transferencia de fondos Mercado Pago adquisición banderas patrimonio municipal Conscripto Bernardi
Texto Completo
Visto:

El Decreto del Ejecutivo 13/23, y,

Considerando:

Que el mismo autoriza a realizar trasferencias a la cuenta MERCADO PAGO para la adquisición de diversos productos que ofrece la pagina Mercado Libre

Que en esta ocasión se pretende adquirir una bandera de flameo de Entre Ríos 90x144- milenio-reforzada y una Bandera Argentina De Flameo 140x250cms - Oficial Reforzada con el costo de ambas de $ 23.790,00 (pesos veintitrés mil setecientos noventa con 00/100) con mas $ 145,92 (pesos ciento cuarenta y cinco con 92/100) de impuestos, y $ 529,99 (pesos quinientos veintinueve con 99/100) de envío, haciendo un total de $ 24.465,91 (pesos veinticuatro mil cuatrocientos sesenta y cinco con 91/100) y se debe transferir a la cuenta MERCADO PAGO ese monto.

Que a efectos de dar curso legal a lo expresado se debe confeccionar la norma legal correspondiente.

POR ELLO

LA PRESIDENTA MUNICIPAL DE CONSCRIPTO BERNARDI EN USO DE LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS POR LEY 10027 Y SUS MODIFICATORIAS

DECRETA

ARTÍCULO 1º: Transfiérase la suma de $ 23.790,00 (pesos veintitrés mil setecientos noventa con 00/100) con mas $ 145,92 (pesos ciento cuarenta y cinco con 92/100) de impuestos, y $ 529,99 (pesos quinientos veintinueve con 99/100) de envío, haciendo un total de $ 24.465,91 (pesos veinticuatro mil cuatrocientos sesenta y cinco con 91/100) de la cuenta corriente del municipio de Conscripto Bernardi N° 3429/8 del banco de Entre Ríos a la cuenta de MERCADO PAGO, CVU 0000003100007499594496 (Alias: curry.anafe.crin.mp) para la compra una bandera de flameo de Entre Ríos 90x144- milenio-reforzada y una Bandera Argentina De Flameo 140x250cms Oficial Reforzada

ARTÍCULO 2º: Comuníquese al área contable para que efectivice la operación e impute la erogación a la partida correspondiente.

ARTÍCULO 3º: El presente Decreto será refrendado por la Secretaria de Gobierno y Economía, Sra. Celia Rosa Machado.

ARTÍCULO 3º: De forma, notifíquese, comuníquese y archívese.