Decreto N° 56/2023
Otorgamiento de Becas Municipales a Estudiantes Secundarios, Terciarios y Universitarios
Vigente
Cultura y Educación
Departamento Ejecutivo Municipal
Fecha de Sanción
17/05/2023
Organismo Emisor
Departamento Ejecutivo Municipal
Palabras Clave
Becas
Estudiantes
Secundario
Terciario
Universitario
Fondo Municipal de Becas
Conscripto Bernardi
Ayuda Económica
Tutores
Texto Completo
DECRETO N° 56/23
Conscripto Bernardi 17 de mayo 23
VISTO:
Las Ordenanzas N° 111/21 y 117/21, del Honorable Concejo Deliberante; y.
CONSIDERANDO:
Que mediante la primera se aprueba el nuevo reglamento de Becas municipales y en la segunda se crea nuevamente el Fondo Municipal de Becas, para estudiantes secundarios, terciarios y/o universitarios locales, quedando el 50% del monto total para cada uno de los niveles (secundario, terciario y/o universitario).
Que de acuerdo al informe elevado por la Comisión Evaluadora de Becas, en el mes de abril del corriente, en el que se plasma un listado de aspirante por orden de mérito, evaluado y determinado de acuerdo a la documentación presentada por cada estudiante.
Que de acuerdo a lo establecido por la Comisión Evaluadora de Becas, los beneficiados del nivel secundario percibirán la suma de $ 6.154,00 (pesos seis mil ciento cincuenta y cuatro) y los terciarios y/o universitarios $ 8.888,00 (pesos ocho mil ochocientos ochenta y ocho) mensuales, ambos niveles de marzo a diciembre de 2023.
Que los alumnos del secundario son menores de edad, por lo que se debe abonar el monto de la beca a sus tutores.
Que a los efectos de proceder a la liquidación de la beca respectiva se debe dictar la norma legal respectiva;
POR ELLO:
LA PRESIDENTA MUNICIPAL DE CONSCRIPTO BERNARDI EN USO DE LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS POR LEY 10027 Y SUS MODIFICATORIAS
DECRETA:
Artículo 1º: Otórguese a los beneficiados del nivel secundario el monto de $ 6.154,00 (pesos seis mil ciento cincuenta y cuatro) y a los terciarios y/o universitarios $ 8.888,00 (pesos ocho mil ochocientos ochenta y ocho) mensuales, nivel secundario de marzo a diciembre de 2023 y nivel terciario y/o universitario de abril a diciembre de este año también, en un todo de acuerdo a las Ordenanzas 111/21 y 117/21 del HCD, cuyo listado se detalla a continuación, incluyendo en el mismo los tutores de los alumnos menores de nivel secundario, quienes percibirán el monto citado:
NIVEL SECUNDARIO
1. López, David Exequiel DNI 50.395.018 - TUTOR: Griselda Cesar DNI 27.927.762
2. Moreyra, Lucio Eduardo DNI 40.860.846 - TUTOR: Esperanza Romero DNI 36.547.817
3. Amaro, Alejandra Ailen DNI 51.422.610 - TUTOR: Verónica Machado DNI 34.787.787
4. Rodríguez, Agostina DNI 50.182.034 - TUTOR: Felisa Rodríguez DNI 39.036.677
5. Gómez, Alejandro Gabriel DNI 48.907.430 - TUTOR: Verónica Carrillo DNI 34.787.755
6. Suarez, Milton Antonio DNI 48.907.422 - TUTOR: Nilda Machado DNI 32.972.159
7. Benítez, Leandro Ivan DNI 40.047.730 - TUTOR: Mayor de edad
8. Gallichio, Brisa Magali DNI 50.182.002 - TUTOR: María Rosa González DNI 33.503.414
9. Arredondo, Ana Belén DNI 50.450.601 - TUTOR: Laura Franco DNI 36.704.546
10. Anesetti, Mariana Ayelen DNI 50.182.016 - TUTOR: Lilian Maciel DNI 37.568.207
11. Nuñez, Ulises Constantino DNI 48.263.745 - TUTOR: Carolina González DNI 32.972.172
12. Fernández, Betiana Alejandra DNI 47.623.064 - TUTOR: Vivian Fernández DNI 36.704.571
13. Olivo, Shelsian Morena DNI 47.623.053 - TUTOR: Ana Rosa Lima DNI 33.503.427
14. Cardozo, Noemí Luisiana DNI 40.860.846 - TUTOR: Gisela Fernández DNI 32.485.916
NIVEL TERCIARIO Y/O UNIVERSITARIO
1. Challiol, Carolina Magali DNI 43.481.241
2. Soraide, Rosana Mercedes DNI 41.981.023
3. Ruiz, Karen Ailen DNI 41.981.013
4. Suarez, Mirian Carolina DNI 44.034.517
5. Stegman, Estela Elizabeth DNI 44.843.480
6. Farias, María Griselda DNI 42.164.515
7. Borra, Eduardo Juan DNI 44.368.500
8. Zarate, Elisandro Damian DNI 43.481.233
9. Hernández, Camila DNI 45.758.958
Articulo 2º: A través del Area Contable y Tesorería arbitrense los medios para efectivizar este beneficio en forma mensual, exigiendo para que se lleve a cabo el desembolso la acreditación de alumno regular actualizada cada dos meses.
Artículo 3º: a través del Área de Cultura se deberá comunicar a los beneficiados como así también de lo exigido en esta norma legal.
Artículo 2º: El presente Decreto será refrendado por la Secretaria de Gobierno y Economía, señora Celia Rosa Machado.
Artículo 3º: Registrese, comuniquese, publíquese y archívese.
MACHADO CELIA R.
SEC. DE GOBIERNO Y ECONOMIA
MUNICIPALIDAD CONSCRIPTO BERNARDI
ANTEROS MARINA A.
PRESIDENTA MUNICIPAL
PTO. BERNARDI E.R.
Conscripto Bernardi 17 de mayo 23
VISTO:
Las Ordenanzas N° 111/21 y 117/21, del Honorable Concejo Deliberante; y.
CONSIDERANDO:
Que mediante la primera se aprueba el nuevo reglamento de Becas municipales y en la segunda se crea nuevamente el Fondo Municipal de Becas, para estudiantes secundarios, terciarios y/o universitarios locales, quedando el 50% del monto total para cada uno de los niveles (secundario, terciario y/o universitario).
Que de acuerdo al informe elevado por la Comisión Evaluadora de Becas, en el mes de abril del corriente, en el que se plasma un listado de aspirante por orden de mérito, evaluado y determinado de acuerdo a la documentación presentada por cada estudiante.
Que de acuerdo a lo establecido por la Comisión Evaluadora de Becas, los beneficiados del nivel secundario percibirán la suma de $ 6.154,00 (pesos seis mil ciento cincuenta y cuatro) y los terciarios y/o universitarios $ 8.888,00 (pesos ocho mil ochocientos ochenta y ocho) mensuales, ambos niveles de marzo a diciembre de 2023.
Que los alumnos del secundario son menores de edad, por lo que se debe abonar el monto de la beca a sus tutores.
Que a los efectos de proceder a la liquidación de la beca respectiva se debe dictar la norma legal respectiva;
POR ELLO:
LA PRESIDENTA MUNICIPAL DE CONSCRIPTO BERNARDI EN USO DE LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS POR LEY 10027 Y SUS MODIFICATORIAS
DECRETA:
Artículo 1º: Otórguese a los beneficiados del nivel secundario el monto de $ 6.154,00 (pesos seis mil ciento cincuenta y cuatro) y a los terciarios y/o universitarios $ 8.888,00 (pesos ocho mil ochocientos ochenta y ocho) mensuales, nivel secundario de marzo a diciembre de 2023 y nivel terciario y/o universitario de abril a diciembre de este año también, en un todo de acuerdo a las Ordenanzas 111/21 y 117/21 del HCD, cuyo listado se detalla a continuación, incluyendo en el mismo los tutores de los alumnos menores de nivel secundario, quienes percibirán el monto citado:
NIVEL SECUNDARIO
1. López, David Exequiel DNI 50.395.018 - TUTOR: Griselda Cesar DNI 27.927.762
2. Moreyra, Lucio Eduardo DNI 40.860.846 - TUTOR: Esperanza Romero DNI 36.547.817
3. Amaro, Alejandra Ailen DNI 51.422.610 - TUTOR: Verónica Machado DNI 34.787.787
4. Rodríguez, Agostina DNI 50.182.034 - TUTOR: Felisa Rodríguez DNI 39.036.677
5. Gómez, Alejandro Gabriel DNI 48.907.430 - TUTOR: Verónica Carrillo DNI 34.787.755
6. Suarez, Milton Antonio DNI 48.907.422 - TUTOR: Nilda Machado DNI 32.972.159
7. Benítez, Leandro Ivan DNI 40.047.730 - TUTOR: Mayor de edad
8. Gallichio, Brisa Magali DNI 50.182.002 - TUTOR: María Rosa González DNI 33.503.414
9. Arredondo, Ana Belén DNI 50.450.601 - TUTOR: Laura Franco DNI 36.704.546
10. Anesetti, Mariana Ayelen DNI 50.182.016 - TUTOR: Lilian Maciel DNI 37.568.207
11. Nuñez, Ulises Constantino DNI 48.263.745 - TUTOR: Carolina González DNI 32.972.172
12. Fernández, Betiana Alejandra DNI 47.623.064 - TUTOR: Vivian Fernández DNI 36.704.571
13. Olivo, Shelsian Morena DNI 47.623.053 - TUTOR: Ana Rosa Lima DNI 33.503.427
14. Cardozo, Noemí Luisiana DNI 40.860.846 - TUTOR: Gisela Fernández DNI 32.485.916
NIVEL TERCIARIO Y/O UNIVERSITARIO
1. Challiol, Carolina Magali DNI 43.481.241
2. Soraide, Rosana Mercedes DNI 41.981.023
3. Ruiz, Karen Ailen DNI 41.981.013
4. Suarez, Mirian Carolina DNI 44.034.517
5. Stegman, Estela Elizabeth DNI 44.843.480
6. Farias, María Griselda DNI 42.164.515
7. Borra, Eduardo Juan DNI 44.368.500
8. Zarate, Elisandro Damian DNI 43.481.233
9. Hernández, Camila DNI 45.758.958
Articulo 2º: A través del Area Contable y Tesorería arbitrense los medios para efectivizar este beneficio en forma mensual, exigiendo para que se lleve a cabo el desembolso la acreditación de alumno regular actualizada cada dos meses.
Artículo 3º: a través del Área de Cultura se deberá comunicar a los beneficiados como así también de lo exigido en esta norma legal.
Artículo 2º: El presente Decreto será refrendado por la Secretaria de Gobierno y Economía, señora Celia Rosa Machado.
Artículo 3º: Registrese, comuniquese, publíquese y archívese.
MACHADO CELIA R.
SEC. DE GOBIERNO Y ECONOMIA
MUNICIPALIDAD CONSCRIPTO BERNARDI
ANTEROS MARINA A.
PRESIDENTA MUNICIPAL
PTO. BERNARDI E.R.
Observaciones
Se observa la repetición de los artículos '2º' y '3º' en el cuerpo del decreto. Correcciones menores de OCR y formato se aplicaron al texto_completo.