Decreto N° 53/2021

Otorgamiento de becas municipales para estudiantes secundarios, terciarios y universitarios locales.

Vigente Acción Social Departamento Ejecutivo Municipal
Fecha de Sanción

07/05/2021

Organismo Emisor

Departamento Ejecutivo Municipal

Palabras Clave
becas estudiantes secundario superior universitario terciario Fondo Municipal de Becas beneficios
Texto Completo
DECRETO N° 53/21
Conscripto Bernardi 07 de mayo de 2021

VISTO:
La Ordenanza N° 111/21, promulgada mediante Decreto N° 46/21; y

CONSIDERANDO:
Que mediante dicha norma se deja sin efecto -expresamente- la Ordenanza 41/12, la misma que crea el Fondo Municipal de Becas para estudiantes secundarios, terciarios y/o universitarios locales.

Que tal expresión debió entenderse como derogación del Reglamento de otorgamiento de becas municipales, en atención a que también se derogó el "Fondo Municipal de Becas" que creaba el artículo 1ro de la Ordenanza 41/12.-

Que para salvar tal expresión, amerita que este Departamento Ejecutivo Municipal, garantizando la subsistencia de dicho Fondo Municipal de Becas, lo contemple y ponga a consideración del Honorable Cuerpo para su aprobación.-

Que es dable destacar que el fondo municipal de becas se encuentra garantizado para el año 2021 atento haber sido debidamente presupuestado, por lo que se cumplirá en debida forma con las becas que sean autorizadas desde la Comisión Evaluadora creada en la nueva ordenanza.

Que por otra parte, de acuerdo al informe recibido de la Comisión Evaluadora de Becas, a fines del mes de abril del corriente, en el que se plasma un listado de aspirante por orden de mérito, evaluado y determinado de acuerdo a la documentación presentada por cada estudiante.

Que el mencionado listado definitivo comprende veinte aspirantes nivel secundario y diecinueve de nivel superior a la Beca Municipal, donde el Departamento Ejecutivo Municipal es quien determina su aprobación.

Que de acuerdo a lo determinado por la Comisión Evaluadora de Becas, los beneficiados del nivel secundario percibirán la suma de $ 800,00 (pesos ochocientos) de marzo a diciembre de 2021 y los terciarios y/o universitarios $ 2000,00 (pesos dos mil) mensuales, de abril a diciembre también del mismo año.

Que a los efectos de proceder a la liquidación de la beca respectiva se debe dictar la norma legal respectiva;

POR ELLO:
LA PRESIDENTA MUNICIPAL DE CONSCRIPTO BERNARDI EN USO DE LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS POR LEY 10027 MODIF. POR LEY 10082

DECRETA:

Artículo 1°: Otórguese al nivel secundario la suma de $ 800,00 (pesos ochocientos) de marzo a diciembre de 2021 y los terciarios y/o universitarios $ 2000,00 (pesos dos mil) mensuales, de abril a diciembre también del mismo año, cuyo listado se detalla a continuación, en un todo de acuerdo con la Ordenanza 111/21 del HCD

NIVEL SECUNDARIO
DNI N°
1. Barreto, Marlene María 47.980.584
2. Suarez, Lucas Uriel 47.623.060
3. Cardozo, Silvina Soledad 45.167.782
4. Franco, Alicia Jorgelina 47.623.065
5. Bonetti, Jesica Pamela 47.623.094
6. Alegre, Gabriela Ayelen 45.758.956
7. Ríos Maximiliano Exequiel 47.178.117
8. Luna, Luisana Anahi 48.907.409
9. Bordón, Fiorela Evelin 47.623.089
10. Oronel, Ignacio Santos 47.706.053
11. Soraide, Marilin Tatiana 47.623.054
12. González, Ariel Elias 48.907.414
13. Olivo, Shelsian Morena 47.623.073
14. Fernández, Betiana Alejandra 47.623.064
15. Franco, Brian Eduardo 47.623.087
16. Franco, Marianela 47.623.086
17. Bast, Brenda 45.759.325
18. Maidana, Lisa Yaqueline 45.758.964
19. Almeida, Camila María 45.758.967
20. Cardozo, Luciana 47.623.081

NIVEL SUPERIOR
DNI N°
1. Luna, Gabriela Melina 39.684.202
2. Cardozo, Rosana Melisa 43.481.233
3. Ayala, Gabriela Anahi 43.487.294
4. Challiol, Carolina 43.481.241
5. Stegman, Estela Elizabeth 44.843.480
6. Retamar, Stefania Juana 37.568.272
7. Ríos, Carlos Daniel 42.973.816
8. Farias, María Griselda 42.164.515
9. Puig, Pablo Gonzalo 47.925.224
10. Arredondo, Leila Xiomara 40.161.728
11. Soraide, Roxana Mercedes 41.981.023
12. Suarez, Miriam Carolina 44.034.517
13. Soule, Flavia Noelia 42.164.509
14. Casella Andrini, Lara 42.973.817
15. Borra, Juan 44.368.500
16. Godoy, Rosalía 39.036.662
17. Gausto, Laura 42.164.521
18. Zarate, Lisandro Damián 43.481.247
19. Cruz, Lucia Florencia 43.481.240

Artículo 2º: A través del Área Contable y Tesorería arbítrense los medios para efectivizar este beneficio en forma mensual, exigiendo para que se lleve a cabo el desembolso la acreditación de alumno regular actualizada cada dos meses.

Artículo 3º: A través del Área de Cultura se deberá comunicar a los beneficiados como así también de lo exigido en esta norma legal.

Artículo 4º: El presente Decreto se dicta ad referéndum del Honorable Concejo Deliberante y es suscripto por la Secretaria de Gobierno y Economía, Sra. Celia Machado.

Artículo 5°: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.