Decreto N° 48/2023

Regularización y pago de haberes a profesionales de enfermería en el Hogar de Ancianos Municipal "Juan Pablo II".

Vigente Función Pública Departamento Ejecutivo Municipal
Fecha de Sanción

03/05/2023

Organismo Emisor

Departamento Ejecutivo Municipal

Palabras Clave
enfermería hogar de ancianos Juan Pablo II salarios remuneración Conscripto Bernardi enfermeros municipio pago DNI monotributo
Texto Completo
Conscripto Bernardi
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3188 - Conscripto Bernardi - Entre Ríos

FOLIO N
62

DECRETO N° 48/23
Conscripto Bernardi 03 mayo de 2023

VISTO:

Los profesionales de enfermería que desarrollan sus actividades en el hogar
de anciano municipal "Juan Pablo II", y,

CONSIDERANDO:

Que la institución gerontológica cuenta desde hace un tiempo con el
desempeño de la enfermera Silvana Soledad Aguilar DNI N° 25.642.819 y a partir del mes de abril del
presente año se ha incorporado el enfermero Horacio Luis Nuñez DNI N° 33.617.683.
Que la función encomendada es el control y administración de medicamentos
a los internos del hogar de ancianos municipal.
La Profesional Aguilar se desempeña en la primera quincena de cada mes,
mientras que Nuñez lo hará en la segunda. Percibiendo sus haberes al finalizar los quince días de
trabajo respectivamente.
Que a efectos de regularizar la función y determinar los montos abonar a los
profesionales, se hace necesario dictar la norma legal respectiva.

POR ELLO:

LA PRESIDENTA MUNICIPAL DE CONSCRIPTO BERNARDI EN USO DE LAS ATRIBUCIONES
CONFERIDAS POR LEY 10027 Y SUS MODIFICATORIAS

DECRETA:

Artículo 1°: Continúese abonando a la enfermera Silvana Soledad Aguilar DNI N° 25.642.819 el
importe de $ 35.800 (pesos treinta y cinco mil ochocientos) mas $ 5.200,00 (pesos cinco mil
doscientos) por monotributo al finalizar la primera quincena y abónese a partir de abril de 2023 al
enfermero Horacio Luis Nuñez DNI N° 33.617.683 la suma de $ 35.800 (pesos treinta y cinco mil
ochocientos) al finalizar la segunda quincena.

Artículo 2°: A través del área Contable y Tesorería se cumplimentaran los trámites necesarios para
que se cumpla lo detallado en el Artículo 1º, imputando la erogación a la Partida del Presupuesto
vigente y actualizando los montos en cada incremento salarial.

Artículo 3° El presente Decreto será refrendado por la Secretaria de Gobierno y Economía, Sra.
Celia Rosa Machado.

Artículo 4° Registrese, comuniquese, infórmese, publíquese y archívese.-