Decreto N° 23/2020

Actualización y recomposición de ayuda económica para servicio de internet a instituciones educativas.

Vigente Cultura y Educación Departamento Ejecutivo Municipal
Fecha de Sanción

05/03/2020

Organismo Emisor

Departamento Ejecutivo Municipal

Palabras Clave
ayuda económica internet educación Colegio Secundario N° 3 Escuela Primaria N° 48 FONTANA Sandra María FONTANA Marta Conscripto Bernardi actualización recomposición
Texto Completo
VISTO:
El decreto 42/10 de fecha 18 de marzo de 2.010 en el que se otorga una ayuda económica no reintegrable mensual destinada al pago de servicio de internet, y

CONSIDERANDO:
Que la Sra. Prof. FONTANA, Sandra Directora del Colegio Secundario N° 3 "Américo del Prado" solicita una actualización en los montos de la ayuda antes mencionada;
Que del mismo modo la Sra. Prof. FONTANA, Marta Directora de la escuela primaria N° 48 "Conscripto Bernardi" solicita la recomposición de dicha ayuda ya que los costos se han incrementado considerablemente.
Que esta Municipalidad reconoce tal incremento y que entiende a la educación como una herramienta de superación para sus pobladores por lo que desea incrementar esa ayuda para ese destino;
Que existe en el Presupuesto vigente recursos para afrontar este tipo de ayudas.
Que a los efectos de otorgar la ayuda a las solicitantes se hace necesario dictar la norma legal que autorice esta erogación.

POR ELLO:
LA PRESIDENTA MUNICIPAL
EN USO DE SUS FACULTADES
DECRETA:

Artículo 1°: Otórguese una ayuda económica no reintegrable de pesos $ 900,00 (Pesos: novecientos con 00/100) a la Sra. FONTANA, Sandra María, DNI N° 23.550.940 y Sra. Fontana, Marta DNI 18.483.495 para afrontar el costo que le insume el pago mensual del servicio de Internet.

Artículo 2º: A través del área Contable y Tesorería cumpliméntense los trámites necesarios para otorgar la ayuda detallada en el Artículo 1º, imputando la erogación a la Partida del Presupuesto vigente, solicitando a las beneficiarias, copia del comprobante de pago de la factura cancelada con esta ayuda.

Artículo 3º: El presente Decreto será refrendado por la Secretaria de Gobierno y Economía Sra. Celia Rosa Machado.

Artículo 4º: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.-