Decreto N° 19/2021

Autoriza el pago a la Cooperativa de Agua Potable y otros Servicios Públicos de Conscripto Bernardi por trabajos de reposición de caños debido a la construcción de cordones cunetas.

Vigente Obras Públicas Departamento Ejecutivo Municipal
Fecha de Sanción

24/02/2021

Organismo Emisor

Departamento Ejecutivo Municipal

Palabras Clave
pago Cooperativa de Agua Potable reposición de caños cordones cunetas mano de obra materiales obra pública Presupuesto Conscripto Bernardi
Texto Completo
VISTO:
La nota presentada por la Cooperativa de Agua Potable y otros Servicios Públicos de Conscripto Bernardi informando de los gastos ocasionados, y

CONSIDERANDO:
Que esa institución informa que tuvo que realizar trabajos de reposición de caños en varias arterias de la localidad, debido a la construcción de cordones cunetas, mencionando en la misma que el costo de la mano de obra asciende a $ 3000,00 (Pesos tres mil)
Que se utilizaron caños negro de ¼ de 3 kg de presión, en los cruces de traza en las calles involucradas y roturas que se sucedieron en la construcción de la obra (calles 25 de mayo, san Juan, Sam Martin, Fernando Sánchez, Neuquén y General Paz.)
Que en conjunto con el personal técnico este municipio tomo conocimiento del costo del rollo de caño de 100 m, de ¼ ($ 6000,00-pesos seis mil) y de la cantidad utilizada para el trabajo descripto.
Que es decisión de este DEM abonar la totalidad de la mano de obra ($3000) y 50 (cincuenta) metros de caños ($ 3000,00).
Que existe en el Presupuesto vigente recursos para afrontar este tipo de gastos inherente a la obra pública.
Que a los efectos de abonar el gasto ocasionado a la Cooperativa se hace necesario dictar la norma legal que autorice esta erogación.

POR ELLO:
LA PRESIDENTA MUNICIPAL DE CONSCRIPTO BERNARDI EN USO DE LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS POR LEY 10027 MODIF. POR LEY 10082

DECRETA:
Artículo 1º: Abónese a la Cooperativa de Agua Potable y otros Servicios Públicos de Conscripto Bernardi, la suma de $ 6000 (Pesos seis mil) para afrontar costos del total de la mano de obra y el 50% del valor de los materiales de acuerdo a lo descripto en los considerando de la presente norma.
Artículo 2º: A través de la Tesorería y Contaduría Municipal se abonará lo detallado en el Artículo 1º, imputando la erogación a la Partida del Presupuesto vigente.
Artículo 3º: El presente Decreto será refrendado por la Secretaria de Gobierno y Economía, Sra. Celia Rosa Machado.
Artículo 4º: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.